Informacion a clientes

Estimado Cliente,

En virtud del DNU 311/2020, en caso de configurar la situación de incumplimiento allí previsto, podrá optar por un servicio reducido, el cual será de menor prestación que el que cuenta actualmente.

El abonado que considere encontrarse incluido en los beneficios del mencionado Decreto, deberá presentar su solicitud, siguiendo las indicaciones del mismo.

CABLENET S.A. no tiene responsabilidad sobre el criterio de inclusión o exclusión del beneficio, limitando su accionar a cumplir con lo informado por las Autoridades Nacionales pertinentes, quienes se adjudican dicha atribución.

Para mayor información, y en cumplimiento con lo estipulado en el Artículo 6 de la Resolución ENACOM 367/2020, se recomienda consultar el Decreto DNU 311/2020, en el siguiente link:

https://www.boletinoficial.gob.ar/web/utils/pdfView?file=%2Fpdf%2Faviso%2Fprimera%2F227120%2F20200325

Atentamente,

CABLENET S.A.

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